¿Cómo se tramita el DNI y el pasaporte de un menor?

Conviene iniciar la expedición del DNI y pasaporte de los niños con tiempo, y no esperar a las épocas del año en que más se viaja o a las vacaciones escolares
 
                              
                               Imagen: lfer
 
Aunque la expedición del DNI solo es obligatoria para las personas mayores de 14 años, conviene tramitárselo a los niños, junto con el pasaporte, para que estén identificados a la hora de abrirles una cuenta corriente bancaria o una libreta o realizar un viaje al extranjero.
 


 
Antes de hacer un desplazamiento y, con el fin de evitar sorpresas desagradables de última hora, es aconsejable iniciar los trámites del DNI y pasaporte de los menores con tiempo, y no esperar a las épocas del año más propicias para viajar o a las vacaciones escolares.
 
En el siguiente artículo se detalla por qué es recomendable gestionar el DNI y el pasaporte de los hijos y cuál es la forma en que se debe llevar a cabo.

Por qué conviene tramitar el DNI y el pasaporte de un menor

En una sociedad como la actual, en la que los viajes al extranjero, los desplazamientos en avión, u otros medios de transporte, o los distintos trámites administrativos y bancarios están cada vez más generalizados, se hace indispensable la expedición del DNI y el pasaporte de los menores.
 
La apertura de una cuenta corriente bancaria o la contratación de una libreta, para que un niño vaya disponiendo de unos ahorros de cara al futuro, requieren que el menor tenga DNI.
 
Además, el turismo, la emigración en busca de trabajo y los viajes al extranjero se han extendido tanto en estos últimos años, que se hace imprescindible tener en regla los papeles de identificación de toda la familia.
 
Además, viajar con menores implica contar con documentación adicional que puede variar en función del medio de transporte que se utilice y del destino elegido.
 
Por ello, a la hora de tramitar este tipo de documentos, no conviene esperar a las vacaciones escolares o a las épocas del año más propicias para hacer viajes, puesto que se suele multiplicar el número de solicitantes.
 
Es mejor adelantarse, ya que la expedición de ciertos documentos es un trámite que puede retrasarse varios días.

Cómo se solicita la documentación de un menor

Tanto para tramitar el DNI, como el pasaporte, se puede solicitar cita previa en el teléfono 902247364, o a través de Internet, y acudir a un equipo de expedición del DNI o del pasaporte, que suele encontrarse en las jefaturas superiores y comisarías de policía.
 
Debe presentarse el niño, si es menor de 14 años o está incapacitado (salvo que padezca una enfermedad que se lo impida), acompañado de la persona que ejerza la patria potestad o su tutela.
 
A determinadas localidades sin comisaría llega un equipo móvil, que avisa con antelación de las fechas señaladas para la visita, y que se instala en el ayuntamiento de que se trate.
 
Los residentes en estos municipios pueden obtener el DNI o el pasaporte aportando los mismos documentos que en los equipos fijos.

1. Documentación necesaria para expedir el DNI

El DNI (Documento Nacional de Identidad) es un carné exigible por la autoridad y, aunque solo los ciudadanos mayores de 14 años están obligados a contar él, hay compañías aéreas y navieras que lo solicitan para identificar a pequeños menores de esa edad.
 
Con el DNI se puede viajar a cualquier lugar de España y también a todos los países de la UE y del Espacio Económico Europeo (EEE).
 
La vigencia del DNI es de cinco años, cuando el titular no ha cumplido los 30 años en el momento de la expedición.
 
Para solicitar su tramitación es imprescindible la presencia física del solicitante, el abono de la tasa legalmente establecida (que para la primera expedición y la renovación es de 10,50 euros) y la presentación de los siguientes documentos:

El certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil correspondiente o, en su caso, el certificado de inscripción de la nacionalidad española.
 
Este documento debe ser expedido con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud y con la mención expresa de que se pide para obtener el DNI.

Una fotografía reciente en color, de tamaño de carné, con fondo blanco, con la cabeza descubierta y sin gafas de cristales oscuros, o cualquier otra prenda que pueda impedir la identificación de la persona.
 
El certificado de empadronamiento del ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del DNI.
 
El libro de familia y el DNI de los padres o cualquier documento que demuestre la relación de parentesco o la asignación de la tutela.
 
Los españoles residentes en el extranjero tienen que acreditar el domicilio mediante la certificación de la representación diplomática o consular donde estén inscritos como residentes.
 
Si el solicitante es menor de 14 años o incapaz, se hace entrega del documento en presencia de la persona que tenga encomendada la patria potestad o la tutela o a una persona apoderada por aquella. Si el solicitante es mayor de 14 años, puede recogerlo él mismo.
 
El adulto que acompaña al niño debe acreditar su identidad (con el DNI, si es español, o con la tarjeta de residencia o su pasaporte, si es extranjero). Además, tiene que probar su relación de parentesco con el menor mediante el libro de familia o la resolución judicial o administrativa que le atribuya la asignación de la tutela o la patria potestad.
 
2. Documentación necesaria para tramitar el pasaporte
 
El pasaporte es el documento público, personal, individual e intransferible, expedido por las jefaturas superiores y comisarías de policía, que acredita la identidad y nacionalidad de los ciudadanos españoles en el extranjero.
 
Con el pasaporte, los niños pueden viajar a todos los países europeos, como con el DNI, y también al resto del mundo. En cambio, para visitar ciertos países como China, Egipto o India se requiere, además, un visado de turista.
 
Para los menores de cinco años, el pasaporte tiene una vigencia de dos años. Sin embargo, si el titular es mayor de esta edad y menor de 30 en la fecha de su expedición, el pasaporte tiene una validez de cinco años.
 
Por lo general, si se dispone de toda la documentación necesaria y se abona la tasa de expedición del pasaporte (que asciende a 25,76 euros), el solicitante puede retirarlo en el acto o en un plazo máximo de dos días hábiles.
 
Tramitar el pasaporte requiere presentar los siguientes documentos:
 
Para mayores de 14 años y menores de 18:

El DNI en vigor del solicitante, que le será devuelto una vez se cotejen sus datos con los reflejados en la solicitud.
 
Para los residentes en el extranjero que piden el pasaporte en las representaciones diplomáticas o consulares, en la primera expedición, el requisito de aportar el DNI puede ser sustituido por el certificado literal de nacimiento del Registro Civil o consulado en que se hubiera inscrito el nacimiento.
 
Una fotografía reciente del solicitante de tamaño carné, en color, con fondo claro, tomada de frente y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida su identificación.
 
Para los menores de 14 años:
 
Tanto para la solicitud como para la recogida del pasaporte, el niño debe ir acompañado de la persona que ejerza su tutela o la patria potestad.
 
Esta persona ha de acreditar la identidad del pequeño (mediante el DNI, los españoles, o con la tarjeta de residente o pasaporte, los extranjeros) y la relación de parentesco o asignación de la tutela con la presentación del certificado literal de nacimiento, libro de familia, resolución judicial o administrativa o cualquier otro documento público que garantice la cualidad de tutor o titular de la patria potestad.
 
Si se dispone DNI, se adjuntan los mismos documentos que para los mayores de 14 años.
 
Si no se tiene DNI, además de la fotografía, hay que aportar el certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil y el DNI de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela del niño (el NIE, o cualquier otro documento identificativo expedido por una autoridad oficial, en el caso de padres extranjeros).
 
El pasaporte expedido a un menor de 14 años que carezca de DNI tiene validez hasta que el pequeño alcance esa edad.
 
Si hay urgencia en la obtención del pasaporte y no se cuenta con el certificado de nacimiento, debido a retrasos en el Registro Civil, se puede expedir a dicho menor un pasaporte tipo B.
 
La vigencia de este pasaporte es de tres o seis meses, siempre que la persona que ejerce la patria potestad del niño presente, junto con su DNI, el libro de familia o la resolución judicial o administrativa de atribución de la tutela, además del justificante de haber solicitado el certificado literal de nacimiento del menor.
 

Etiquetas: dni, menores, padres, pasaporte, viaje


 

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